DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:
La Calculadora de Tasas Judiciales facilita una consulta estándar de la información sobre las tasas judiciales establecidas en la ley, aplicables a los diferentes trámites y asuntos que se depositan ante las distintas jurisdicciones e instancias de los tribunales del Poder Judicial. Su implementación fue aprobada por el Consejo del Poder Judicial (CPJ), en la sección ordinaria núm. 26-2022 de fecha 30 de agosto de 2022.
Todos los tribunales a nivel nacional deben regirse por esta calculadora para validar las tasas judiciales que los (as) usuarios (as) deben prestar como requisito al realizar sus trámites. De la misma manera, los (as) usuarios (as) podrán consultar las tasas aplicables a sus servicios de acuerdo a la materia e instancia
Contacto:
- *3191 y (809) 200-3191 desde el interior y sin cargos.
- contacto@poderjudicial.gob.do
- Av. Enrique Jiménez Moya, esquina Juan de Dios Ventura Simó, Santo Domingo.
Procedimiento para obtener el servicio:
Acceder a Servicios > Consultas > Calculadora de Tasas Judiciales
Descargar Guía de Uso
CANALES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
A QUIÉN VA DIRIGIDO:
Requisitos para la solicitud:
COSTO DEL SERVICIO:
Horario de prestación del servicio:
VALORACIÓN DE ESTE SERVICIO
COMENTARIOS SOBRE ESTE SERVICIO
Hola
Hola me gustaría saber de un espedoentes 2011 837
PREGUNTA
PERO ES QUE LA PRIMERA SALA NO HA PUBLICADO UNA SENTENCIA DEL 2025, QUE NO APARECEN EN LA PAGINA. DIGANME POR FAVOR.
INVOLUCION
La página anterior de la SUPREMA CORTE, uno podía ver el estatus del expediente que le interesaba. En este sistema este tipo de acceso no es posible. Solo presentan sentencias dictadas, no aquellas en trámite. Debe permitirse darle seguimientos a los expedientes pendientes de fallo.
SENTENCIAS DE PRIMER INSTANCIA
APELO POR UNA FORMA PARA PODER OBTENER INFORMACION SOBRE SENTENCIAS DE PRIMER INSTANCIAS, PORQUE LAS MOSTRADAS EN ESTA BUSQUEDA SOLO SE ENCUENTRAN LAS DE CASACION
Dificultad de acceso sentencias.
Parece que los miembros del consejo poder judicial no tienen sentido común o no revisan esta pagina, no hay forma de visualizar una sentencia SCJ. Mucha complejidad para acceso a esta pagina.