El galardón reconoce aquellas sentencias emitidas en el continente americano bajo las más altas normas y estándares de los derechos humanos y las buenas prácticas, que han servido para garantizar el acceso a la justicia y el goce efectivo de los derechos humanos de las personas migrantes o sujetas de protección internacional
El Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana fue reconocido internacionalmente por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) por una sentencia emitida por la Quinta Sala de esa corte sobre reconocimiento y plazo para solicitar la condición de refugiado.
El premio “Sentencias 2022: Acceso a la Justicia de Personas Migrantes o Sujetas de Protección Internacional”, versión Mención Especial, fue recibido por la presidenta de la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo, magistrada Mery Laine Collado Tactuk, durante un acto virtual organizado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México.
La magistrada Collado destacó que la decisión premiada designa como no conforme con la Constitución la regulación interna que prevé un plazo de 15 días a las autoridades administrativas en solicitud en calidad de refugio por considerarla no razonable, por lo que el tribunal acogió el pedimento de la parte recurrente.
Sostuvo que la distinción compromete a seguir realizando una labor de excelencia para la satisfacción de los usuarios de justicia, a la vez que agradeció el premio en nombre de República Dominicana.
La sentencia número 0030-1643-2022-SSEN-00513 fue emitida, además de la magistrada Collado Tactuk, por los magistrados María Guillermina Calderón Abreu e Ismael Nehemías Ramírez Santana, el 20 de junio del año 2022, haciendo uso del Control Difuso de Constitucionalidad, en contra de la Resolución SR-076/2021, emitida por la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE), que establecía los plazos para solicitar refugio.
“La caducidad de una solicitud de asilo interpuesta, como en la especie, por personas en situación de vulnerabilidad, bajo el argumento de que incumplir con el plazo del artículo 7 del Reglamento 2330, no resulta congruente con el tiempo razonable que deba requerirse en función de la Convención de 1951, para la realización de dicho trámite; por tanto, el referido plazo, previsto por el artículo 7 del aludido reglamento deviene en contradictorio con la Convención de 1951”, establece la sentencia.
La decisión del tribunal dominicano fue analizada por un jurado conformado por cinco integrantes expertos en la materia de derechos humanos y protección internacional.
El premio consistió en la entrega de estatuilla, diploma y la publicación de la sentencia en los portales web de los organizadores del evento, en las memorias del premio a “Sentencias 2022”, y la misma será difundida en el continente.
Se recuerda que el Poder Judicial dominicano implementa la estrategia Justicia al Día para garantizar la dignidad de las personas, en la cual se contempla el eje estratégico de justicia inclusiva para brindar 100% de acceso a las poblaciones más vulnerables.
Para acceder a la sentencia íntegra, hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3DrO3No