La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) es de criterio de que la tentativa de crimen es punible sin importar la causa contingente que impida la realización del hecho, y en consecuencia resulta castigable, según lo establece en su sentencia núm. SCJ-SS-23-1013, de fecha 29 de septiembre de 2023.
La referida sentencia destaca el artículo 2 del Código Penal dominicano, en virtud del cual toda tentativa de crimen podrá ser considerada como el mismo crimen cuando se manifieste con un principio de ejecución, o cuando el culpable, a pesar de haber hecho cuanto estaba de su parte para consumarlo, no logra su propósito por causas independientes de su voluntad, quedando estas circunstancias sujetas a la apreciación de los jueces.
“En el caso que nos ocupa, al justiciable se le atribuyó la comisión de tentativa de homicidio, calificación jurídica que se corresponde a la perfección con los hechos probados, y es que, si observamos el contexto violento del cuadro fáctico demuestra la existencia de un real ánimo de atentar contra la vida de la víctima, toda vez que, los elementos de prueba ponen de relieve las 15 estocadas propinadas, las cuales le provocaron heridas graves, y si no es por la intervención rápida del hermano de la víctima, así como de la esposa de este, el acusado le quita la vida a la víctima”, indica la sentencia.
Los jueces consideraron que en toda esa situación está configurada en la tentativa del crimen, a saber: el principio de ejecución, la causa contingente y la intención.
La sentencia íntegra emitida por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena (presidente), Nancy I. Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez, María G. Garabito Ramírez y Francisco Antonio Ortega Polanco, puede ser consultada en el siguiente enlace https://poderjudicial.gob.do/wp-content/uploads/2023/12/SCJ-SS-23-1013.pdf