Ascensos, Traslados y Otros
El Consejo del Poder Judicial es el órgano de administración y disciplina del Poder Judicial que entre sus funciones se encuentra,
según la Constitución y la Ley Orgánica del Consejo del Poder Judicial Núm. 28-11.
Presentar al pleno de la Suprema Corte de Justicia los candidatos o candidatas para nombramiento, determinación de jerarquía
y ascenso de los jueces de los diferentes tribunales del Poder Judicial, de conformidad con la ley; así como el traslado de los jueces del Poder Judicial.
La Ley núm. 327-98, sobre la Carrera Judicial, su reglamento de aplicación y el Reglamento que Organiza el
Sistema de Escalafón Judicial y el Sistema de Provisión de Cargos Judiciales, establece que los jueces ascenderán en el escalafón
de la judicatura a la categoría inmediatamente superior, de acuerdo con previa calificación de los méritos acumulados,
años en servicio, cursos de post-grado, producción bibliográfica y el resultado de la evaluación de su rendimiento